OCM VINOS 2023 AL 2026: ¿CONOCES SUS NOVEDADES YA?

Gestion de ayudas OCM Vinos

El día 25 de octubre 2022, se aprobó el Real Decreto 905/2022 , que ya ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado a lo largo de 108 páginas junto a las demás ayudas a bodegas que impulsa este RD, en el último punto de este, podemos acceder al apartado de inversiones que atañe a la nueva OCM con la indicación: Actividades de promoción y comunicación en terceros países.

Este Real Decreto regula, entre otras cuestiones, la nueva Promoción del Vino en Terceros Países, conocida habitualmente como OCM del vino, el marco legal de estas ayudas europeas para las campañas OCM 2023 (periodo transitorio), y del 2024 al 2026.

En líneas generales, la reforma de la OCM del vino tiene muchas novedades y, que os expongo a modo de resumen:

Resumen de las principales novedades OCM 23-26

1.- Nuevas fechas de la OCM. Sin duda alguna, una de las grandes novedades es que las fechas de solicitud, ejecución y solicitud de pago final (justificación) de la OCM cambian radicalmente. Las acciones promocionales se realizarán desde el 1 de enero de cada año al 31 de diciembre de ese mismo año, por lo que cada campaña OCM se denominará por ese año de ejecución, por ejemplo, OCM 2024. El programa que ejecutar se solicitará hasta el 14 de septiembre del año anterior y la solicitud de pago se realizará entre el 1 de enero y el 14 de febrero del año siguiente. Por ejemplo, la OCM 2024 se solicitará hasta el 14 de septiembre de 2023, se ejecutará entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 y se solicitará el pago del programa entre el 1 de enero y el 14 de febrero de 2025.

Para adaptar las fechas, se ha establecido una OCM transitoria en 2023 que se solicitará hasta el 14 de enero de 2023, ejecutará del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2023 (más corta de lo habitual) y se justificará del 1 de enero al 14 de febrero de 2024.

2.- Gastos de asalariados. La reforma de la OCM trae interesantes novedades al respecto, ya que los gastos salariales se incrementan del 13 al 20%. Es decir, un aumento del 53% que beneficiará mucho a las bodegas.

3.- Tipos de vino subvencionables. El nuevo Real Decreto amplía la lista de vinos que pueden ser incluidos en el plan de promoción. En este sentido, se incluyen Vino, Vino de licor, Vino espumoso, Vino espumoso de calidad, Vino espumoso aromático de calidad, Vino de aguja, Vino de aguja gasificado, Vino de uvas pasificadas, Vino de uvas sobremaduradas, Vinos ecológicos, Vinos desalcoholizados y Vinos parcialmente desalcoholizados. Estos categorías finales serían las grandes novedades respecto a la OCM previa.

4.- Clasificación de países. La nueva OCM no especifica si los países prioritarios seguirán categorizados por los grupos 1, 2 y 3, ya que omite cualquier alusión a “países prioritarios y no prioritarios”.  En principio se interpreta que todos los países serán «prioritarios», y que serán las comunidades autónomas las que en las respectivas Órdenes que vayan publicando y desarrollando este Real Decreto, puedan establecer categorías por grupos de países, según su interés regionales como destino de las acciones promocionales.

5.- Baremación de los programas. En este aspecto también hay novedades en la reforma de la OCM. El nuevo Real Decreto otorga un peso mayor a las comunidades autónomas, que podrán establecer sus propios criterios de baremación-puntuación, decidiendo sobre 50 de los 100 puntos posibles totales. Esta puntuación es importante porque es la base para asignar el porcentaje de ayuda que recibirá cada bodega.

En la estructura en la actual OCM respecto a los países que quedan repartidos por regiones, la estructura en la nueva OCM queda tal y como estaba hasta la fecha, siendo los mercados que se subdividen por regiones: Estados Unidos, Canadá, Japón, China, Rusia, México, Brasil y Perú. El resto de los países se consideran como estados unitarios, no teniendo que especificar la región o provincia donde se va a realizar las actividades promocionales.

Es un punto a favor que desde el Ministerio hayan considerado a todos los mercados igualitariamente, sin hacer distinción entre prioritarios y no prioritarios, ya que esto permitirá a las bodegas realizar los cambios oportunos ante posibles nuevas oportunidades que surjan durante la campaña.

6.- Material promocional. La principal novedad respecto al material promocional es que a partir de la OCM 23 será obligatorio poner el emblema de la Unión Europea y la siguiente declaración: «Financiado por la Unión Europea».

Es el momento de concretar la planificación de destinos, el calendario de acciones a desarrollar y el presupuesto asignado. Escribeme a maria@triunfacontuvino.es

Hablemos, la experiencia en estas complejas ayudas avala el éxito en el 100% de las ayudas concedidas y justificadas que he gestionado.